martes, 26 de diciembre de 2017

Carta de Ihering a Puigdemont

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Ninguna constitución, por perfecta que á uno se le imagine, podría de hecho impedir al poder público la violación de la ley. Ningún juramento le servirá de salvaguardia, porque, ¡cuántos juramentos incumplidos! La misma aureola de santa é inviolable con que la teoría corona á la ley, no asusta á la arbitrariedad. Lo que la asusta es únicamente la fuerza real que está detrás de la ley, es decir, el pueblo; el pueblo que reconoce el derecho como la condición de su existencia; el pueblo que, en la violencia ejercida contra el derecho, se siente violentado; el pueblo .. presto á tomar 'las armas, si es necesario, para el mantenimiento de su derecho. Yo no digo que sólo el horror y el miedo deben llevar el poder público á la observancia de las leyes; ha de obedecer á un móvil más noble: el del respeto á la ley por la ley misma;pero, á falta de este último, los dos primeros tienen, ciertamente, influencia. Arriba, como abajo, el respeto á la ley debe reemplazar al temor á la misma. Pero, á falta de éste respeto, queda siempre el temor; én este sentido digo que el temor que' inspira al poder público la reacción del sentimiento jurídico dé la nación constituye la suprema garantía de la seguridad del derecho, menos cierto que el sentimiento del derecho, una vez alcanzada en el pueblo toda su fuerza, ejerce también, hasta sobre el poder público, una influencia puramente moral.

La energía del sentimiento jurídico de la nación resulta ser á fin de cuenta la sola garantía de la seguridad del derecho. La fuerza y el prestigio de las leyes van siempre á la par con la fuerza moral 'del sentimiento del derecho—si este sentimiento se halla paralizado, el derecho es incierto; si se halla sano y vigoroso, su imperio está asegurado. La inviolabilidad del derecho es en todas partes la obra exclusiva y 'la. gloria del pueblo; es un bien que debe conquistar al precio de penosos trabajos, y, al veces, de oleadas de sangre.

1 comentario:

César Ayala dijo...

La fuerza de la razón, o bien la razón de la fuerza.

¿Tendremos la energía precisa en la defensa de nuestro derecho?

¿Podría leer Puigdemont el extracto de Ihering en beneficio propio?

¿Qué colectividad será más enérgica en la defensa de su derecho?

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