miércoles, 6 de agosto de 2014

Presuntas reformas

Cada Ley es una reforma, ergo, multipliquemos las leyes y habremos multiplicado las reformas
A summary of Spain’s structural reforms
Este cuadro está sacado del informe del FMI sobre España y lo reproduce el Instituto Elcano en el Informe elaborado por William Chislett en agosto.
En esta entrada explicábamos que el Gobierno del PP sólo ha hecho una reforma significativa, que es la laboral. El cuadro parece indicar otra cosa. Pero, cuando repasamos su contenido, se advierte inmediatamente que las restantes reformas que en él aparecen carecen de envergadura y profundidad. Son reformas de boquilla.

Lo de que se ha reforzado el sistema financiero es cierto pero no es una reforma. Como hemos dicho, lo que ha sucedido en España es que hemos sometido a un procedimiento concursal a la mitad de nuestro sistema bancario. Pero la forma de hacer banca en España no ha cambiado. Nuestros bancos no son más innovadores o eficientes tras la reforma. Simplemente, hemos sacado del mercado a la mitad de los bancos – las cajas – que estaban en quiebra. Es más, la nueva ley de cajas y de fundaciones bancarias es más de lo mismo. No se han resuelto sus problemas de gobierno corporativo ni, por tanto, son ahora más resistentes a una nueva crisis. La Historia no se repetirá porque han desaparecido las peor gobernadas, no porque el sistema jurídico garantice el buen gobierno de las que han quedado.
Lo de las finanzas públicas suena a broma si observamos la evolución de la deuda pública. Que hayamos fijado en la Constitución el principio de equilibrio presupuestario es una promesa que tiene la credibilidad del que la hace, que es muy baja. Se puede reformar la Constitución fácilmente para aplazar sine die la obligación del Estado de tener un presupuesto equilibrado. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal no es ni autoridad ni independiente. El Gobierno designa al Presidente y controla su actuación que tiene un carácter puramente consultivo. La reforma local no la conocemos, pero, de lo que sabemos no se deduce que los Ayuntamientos no vuelvan a las andadas en cuanto dispongan de más ingresos. Ni se les ha privado de las competencias urbanísticas ni se ha reformado la Hacienda Local para que sus ingresos no dependan de la coyuntura ni se ha reformado el gobierno de los ayuntamientos ni se han suprimido ayuntamientos…
Lo de la Ley de Emprendedores es, como hemos explicado aquí, una tomadura de pelo. Que sepamos, no hay ni un solo “emprendedor de responsabilidad limitada” ni hay un número significativo de sociedades limitadas de formación sucesiva. El concurso de las personas físicas sigue sin regular de forma razonable. El desgraciado ciudadano español que no puede pagar sus deudas las conserva durante toda su vida. No hay un fresh start que merezca tal nombre.
Lo de decir que la creación de la CNMC ha mejorado la supervisión y regulación de los mercados y ha reforzado la aplicación del Derecho de la Competencia y la lucha contra la sobrerregulación es, simplemente, un cuento chino.
Lo de la simplificación administrativa se ha quedado, como hemos explicado aquí, en el BOE. Los Ayuntamientos siguen exigiendo licencias previas donde debería funcionar la declaración responsable.
La reforma eléctrica está en marcha pero la forma en que se ha elaborado ha generado enormes incertidumbres sobre su aplicación (con el Estado demandado por todos los que han visto reducida la retribución de sus inversiones). No sabemos si eliminará el déficit eléctrico. El sistema eléctrico español está en quiebra (no genera ingresos suficientes para cubrir sus costes) y el Gobierno no ha hecho lo que hizo con los bancos: someterlo a un procedimiento paraconcursal. España no será un lugar apetecible para establecer industrias que consuman mucha electricidad ni en el futuro próximo ni en el futuro más lejano y los consumidores pagan una tarifa eléctrica que no está al alcance de los más pobres.
La nueva reforma financiera (aquí el anteproyecto para el Fomento de la Financiación Empresarial) tiene el alcance de la Ley de Emprendedores. Son modificaciones inhábiles para mejorar sustancialmente la financiación de las empresas. No porque estén mal orientadas (algunas sí, por ejemplo, la chorrada de obligar a los bancos a avisar a las Pymes de que les van a cortar la financiación va a generar conductas perversas por parte de los bancos como reducir los plazos de la financiación y comunicar a todas las Pymes que les van a cortar la financiación aunque luego no lo hagan) sino porque carecen de envergadura para afectar significativamente a la financiación de las empresas. En buena medida son modificaciones menores del régimen jurídico vigente respecto de las emisiones de obligaciones y la titulización. En cuanto al crowdfunding, los emprendedores españoles siempre podrán pedir el dinero a las muchedumbres desde otro país. En el lado negativo, incrementan la burocratización de las relaciones entre bancos y clientes.
Como también dijimos, la Ley de Unidad de Mercado va en el buen camino pero, de nuevo, los instrumentos para garantizar su efectividad son débiles. Nuestro sistema político y la autonomía de las regiones impide al Estado garantizar efectivamente a los ciudadanos españoles la libertad de empresa y de actuación económica.
En fin, la política de formación para el empleo y demás políticas activas está en pañales. De nuevo, la competencia es de las Comunidades Autónomas y ya hemos comprobado la eficacia de Andalucía en la gestión de toda esa política pública. Las Comunidades Autónomas son, en general, incapaces de gestionar eficazmente las políticas de empleo.
Por fin, la ley de servicios profesionales no tiene mordiente. No cambia sustancialmente la situación actual al margen de suprimir el carácter colegiado de muchas actividades que nunca debieron ser consideradas como profesiones. Ni se ha modificado las profesiones de registrador y notario, ni se ha suprimido la obligatoriedad de la utilización de los procuradores, ni se permite que los abogados presten los servicios de procurador. Por lo demás, las profesiones estaban ya bastante liberalizadas en comparación con otros países. Se han creado barreras de entrada a la profesión de abogado (examen de acceso y master obligatorio) y no se han suprimido los títulos oficiales ni se garantiza el reconocimiento automático de los títulos – al menos – de los demás países de la Unión Europea.
No creo que los del FMI sean tan incautos como para creerse que publicar en el BOE leyes y más leyes equivalga a haber realizado reformas. Y, espero, que los ciudadanos tampoco lo sean. El problema de fondo continúa. España no implica a los expertos en la elaboración de las propuestas de reforma. Y las reformas profundas sólo pueden hacerse tras los estudios correspondientes y con la participación intensa de aquellos que saben más de la materia. España dispone de expertos en casi todos los ámbitos de las políticas públicas. Simplemente, no los utilizamos.

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